Artículo 1
Artículo 1.- Modifícase el artículo 4º, inciso e) del Reglamento sobre condiciones de ingreso a los cursos que se dictan en la Escuela Militar de Aeronáutica, aprobado por decreto 24.291/959 de fecha 26 de noviembre de 1959, modificado por decreto 191/978, de fecha 11 de abril de 1978, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Reglamento sobre condiciones de ingreso a los Cursos que se dictan en la Escuela Militar de Aeronáutica. ARTICULO 4º. Inciso e) Haber aprobado los 4 años del Plan en vigor de Enseñanza Secundaria. Podrá tener hasta tres materias previas que no tengan continuidad en los Planes de Estudio del Curso Preparatorio de la Escuela Militar de Aeronáutica. Dichas materias deberán ser aprobadas durante el año lectivo. En caso de no ser aprobadas en los períodos establecidos por Enseñanza Secundaria, el alumno será separado del Instituto".