Decreto167-1984·1984

Fijación del valor real de inmuebles urbanos, suburbanos y rurales. Año 1983

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

4 de mayo de 1984

Fecha de publicación

28 de mayo de 1984

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

El valor real de los inmuebles urbanos, suburbanos y rurales de todo el país, para el año 1983 se determinará aplicando el coeficiente 1.25 sobre el valor real de 1982.

Artículo 2Artículo 2

A efectos de la liquidación del impuesto al patrimonio de las personas físicas, núcleos familiares y sucesiones indivisas del Ejercicio 1983, los vehículos automotores se computaran por el valor sobre el que debió liquidarse la patente de rodados del año 1983.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.