Decreto172-1982·1982

Aprobación de la reestructura presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19 de mayo de 1982

Fecha de publicación

26 de mayo de 1982

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Los funcionarios del Escalafón Técnico Profesional clase AaA del Ministerio de Relaciones Exteriores, en sus períodos de adscripción en la Cancillería, deberán desempeñar las funciones propias de su cargo presupuestal.

Artículo 2Artículo 2

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior y cuando medien necesidades de servicio, el Poder Ejecutivo podrá otorgar a funcionarios del Escalafón Técnico Profesional clase AaA, destinos que no sean los propios de su cargo presupuestal. La resolución que otorgue destinos que no sean los propios del cargo presupuestal del funcionario deberá ser debidamente fundada, dejándose constancia tanto de las necesidades del servicio, como de la capacitación especial que se le reconoce al funcionario.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.-