Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la Intendencia Municipal de Maldonado a modificar el monto imponible para el cálculo del Impuesto de Patente de Rodados y de la Tasa de Servicio de Contralor del Cumplimiento de las Regulaciones de Tránsito.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
26 de marzo de 1980
Fecha de publicación
24 de abril de 1980
Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la Intendencia Municipal de Maldonado a modificar el monto imponible para el cálculo del Impuesto de Patente de Rodados y de la Tasa de Servicio de Contralor del Cumplimiento de las Regulaciones de Tránsito.
Artículo 2 — Artículo 2
El estudio del mayor producido de los nuevos recursos, así como su destino, se establecerán en forma explícita en la modificación presupuestal para el ejercicio 1980.
Artículo 3 — Artículo 3
Establécese que para el cálculo de la Patente de Rodados del año 1980, la Intendencia Municipal de Maldonado aplicará la tabla del Banco de Seguros del Estado, vigente al 30 de octubre de 1979.
Artículo 4 — Artículo 4
Actualízanse los valores a declarar por metro cuadrado para el cálculo de la Tasa de Edificación, incrementándolos en un 200%, con respecto a los vigentes desde 1977; asimismo se incrementa la Tasa de Servicio de Contralor de líneas de Omnibus en un 67%.
Artículo 5 — Artículo 5
Comuníquese, publíquese, etc.