Ley17858·2004

SEGURIDAD SOCIAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/12/2004

Fecha de publicación

24/12/2004

Artículos (1)

Artículo 1Artículo Unico

Prorrógase en trescientos días corridos y a partir del vencimiento referido en el artículo único de la Ley N° 17.650, de 3 de junio de 2003, el plazo establecido por el artículo 16 de la Ley N° 17.449, de 4 de enero de 2002.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

Esta norma es afectada por

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 20 de diciembre de 2004Promulgación (17858)
  2. 24 de diciembre de 2004Publicación (17858)