DecretoNº 179-1973·1973
Regulacion de los mecanismos de percepción de la tasa de registro de Estado Civil
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
8 de marzo de 1973
Fecha de publicación
14 de marzo de 1973
Texto
Regúlase la percepción de la Tasa de Registro de Estado Civil, la que será recaudada por la Dirección General Impositiva, y determínanse los actos gravados por dicha tasa.