Decreto18-1981·1981

Actualización de tarifas de la Dirección General de los Servicios Agronómicos

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

9 de enero de 1981

Fecha de publicación

28 de enero de 1981

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Establécese en la suma de N$ 300,00 (son nuevos pesos trescientos), la tarifa que por cada solicitud de registro de alimentos destinados a la nutrición animal, o por cada renovación de las existentes, deberán abonar los particulares u Organismos Oficiales en su caso, ante la Dirección General de los Servicios Agronómicos (Dirección de Laboratorios de Análisis), del Ministerio de Agricultura y Pesca.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-