Decreto18-1982·1982

Actualización del monto de los saldos de las Cuentas paralizadas en bancos públicos y privados

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20 de enero de 1982

Fecha de publicación

18 de febrero de 1982

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase en la suma de N$ 117,70 (ciento diecisiete nuevos pesos con 70/00), el monto a que se refiere el artículo 78 de la ley 14.189, de 30 de abril de 1974, con la redacción dada por el artículo 21 de la ley 14.754, de 5 de enero de 1978.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.