Ley18245·2007

CONTRIBUCION INMOBILIARIA RURAL. FIJACION Y EXONERACION A DETERMINADOS BOSQUES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

27/12/2007

Fecha de publicación

1 de setiembre de 2008

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Exceptúase de la exoneración dispuesta por el numeral 1) del artículo 39 de la Ley N° 15.939, de 28 de diciembre de 1987, a la contribución inmobiliaria rural. (*)

Artículo 2Artículo 2

Lo dispuesto en el artículo 1° de esta ley no regirá para los bosques incluidos en los proyectos de madera de calidad definidos por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, ni para los bosques naturales declarados protectores de acuerdo al artículo 8° de la Ley N° 15.939, de 28 de diciembre de 1987, los que mantendrán la actual exoneración a la contribución inmobiliaria rural.

Artículo 3Artículo 3

La presente ley regirá para los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 1° de enero de 2008.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

  • Ninguna registrada.

Esta norma es afectada por

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 27 de diciembre de 2007Promulgación (18245)
  2. 9 de enero de 2008Publicación (18245)
  3. 14 de agosto de 2008Interpreta (18332)