DecretoNº 183-1967·1967
Industria nacional. Comercio exterior. Importación de artículos prescindibles, suntuarios o competitivos. Prohibición
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
14 de marzo de 1967
Fecha de publicación
5 de abril de 1967
Texto
Prorrógase hasta la fecha que se determina la prohibición de importaciones prescindibles, suntuarias y competitivas de la industria nacional. Establécese la fecha a partir de la cual dichas prohibiciones no se aplicarán a las importación de productos originarios de los territorios de las Partes Contratantes de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio (ALALC), en las condiciones que se determinan.