Decreto183-1967·1967

Industria nacional. Comercio exterior. Importación de artículos prescindibles, suntuarios o competitivos. Prohibición

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14 de marzo de 1967

Fecha de publicación

5 de abril de 1967

Texto

Prorrógase hasta la fecha que se determina la prohibición de importaciones prescindibles, suntuarias y competitivas de la industria nacional. Establécese la fecha a partir de la cual dichas prohibiciones no se aplicarán a las importación de productos originarios de los territorios de las Partes Contratantes de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio (ALALC), en las condiciones que se determinan.