Decreto183-1979·1979

Autorización de partida presupuestal para funcionamiento de centro de computos. CGN

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28 de marzo de 1979

Fecha de publicación

26 de abril de 1979

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a poner a disposición de la Contaduría General de la Nación la cantidad de N$ 1:500.000 (nuevos pesos un millón quinientos mil), que se radicará en la Cuenta "Tesoro Nacional-Cuentas Corrientes Oficiales-Contaduría General de la Nación, ley 14.416 de 28 de agosto de 1975 artículo 167", para atender al funcionamiento del Centro de Computación.

Artículo 2Artículo 2

La erogación de referencia se atenderá con cargo a Rentas Generales, artículo 167 de la ley 14.416 de 28 de agosto de 1975.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.-