Decreto183-1980·1980

Autorización sobre transferencia de escalafones del personal del servicio de información de Defensa

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

8 de abril de 1980

Fecha de publicación

24 de abril de 1980

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

A los efectos de las regularizaciones a que da lugar la Reestructura y Racionalización Administrativa, dispuesta por decreto 719/979, de 5 de diciembre de 1979, facúltase la transferencia entre escalafones, de Personal Subalterno en el Programa 1.07, Unidad Ejecutora 84 "Servicio de Información de Defensa" del Inciso 3, con la finalidad de proveer la totalidad de los cargos asignados a cada escalafón.

Artículo 2Artículo 2

Los ascensos que sea necesario realizar con motivo de la referida transferencia se podrán efectuar sin tener en cuenta lo establecido en los artículos 10 y 13 del decreto 24.817 de 25 de enero de 1968 reglamentario del artículo 53 de la ley 13.640 y sus modificativos y concordantes.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Financiero Contable del Ministerio de Defensa Nacional y al Servicio de Información de Defensa.-