DecretoNº 185-1973·1973
Prohibición de la Pesca de arrastre en determinadas zonas
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
8 de marzo de 1973
Fecha de publicación
16 de marzo de 1973
Texto
Reglaméntase el artículo 15 de la Ley N° 13.833 en cuanto prohibe la pesca de arrastre practicada por buques extranjeros en determinadas zonas y millas marinas del Mar Territorial Uruguayo. Deróganse los artículos 2 y 3 del Decreto N° 210/972, los que regirán transitoriamente respecto de los buques con permiso vigente y hasta su respectivo vencimiento.