Ley18624·2009

PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. DAROK S.A.

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/11/2009

Fecha de publicación

30/11/2009

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Facúltase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender por razones de interés general, hasta por un plazo de ciento ochenta días, el subsidio por desempleo de los trabajadores de DAROK Sociedad Anónima, en los términos y condiciones que establezca la reglamentación.

Artículo 2Artículo 2

La ampliación del plazo de la prestación de desempleo que se otorga en virtud de las facultades que se conceden en el artículo anterior, alcanzará a los trabajadores que aún continúen en el goce del referido beneficio o hayan agotado el plazo máximo de cobertura (artículos 7º y 10 del Decreto-Ley Nº 15.180, de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por la Ley Nº 18.399, de 24 de octubre de 2008), así como las prórrogas de la Ley Nº 18.262, de 14 de marzo de 2008, de la Ley Nº 18.354, de 17 de setiembre de 2008, y de la Ley Nº 18.453, de 26 de diciembre de 2008. La ampliación del plazo de la prestación comenzará a regir a partir del mes inmediato posterior al cese respectivo del subsidio en todos los casos.

Relaciones jurídicas

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 20 de agosto de 1981Modifica redacción (15180)
  2. 14 de marzo de 2008Modifica redacción (18262)
  3. 17 de setiembre de 2008Modifica redacción (18354)
  4. 24 de octubre de 2008Modifica redacción (18399)
  5. 20 de noviembre de 2009Promulgación (18624)
  6. 30 de noviembre de 2009Publicación (18624)