Ley18669·2010

PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. MOLINO CARMELO S.A.

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16/07/2010

Fecha de publicación

26/07/2010

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Facúltase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender por razones de interés general, hasta por un plazo de 180 (ciento ochenta) días, el subsidio por desempleo de los trabajadores de Molino Carmelo S.A., en los términos y condiciones que establezca la reglamentación.

Artículo 2Artículo 2

La ampliación del plazo de la prestación del subsidio por desempleo que se otorga en virtud de las facultades que se conceden en el artículo anterior alcanzará a los trabajadores que aún continúen en el goce del referido beneficio o hayan agotado el plazo máximo de cobertura (artículos 7° y 10 del Decreto-Ley N° 15.180, 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por la Ley N° 18.399, de 24 de octubre de 2008) y comenzará a regir a partir del mes inmediato posterior al cese respectivo del subsidio en todos los casos.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 20 de agosto de 1981Modifica redacción (15180)
  2. 24 de octubre de 2008Modifica redacción (18399)
  3. 16 de julio de 2010Promulgación (18669)
  4. 26 de julio de 2010Publicación (18669)