Decreto187-1976·1976

Ejecución de encuesta industrial por parte de la Dirección General de Estadística

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

8 de abril de 1976

Fecha de publicación

26 de abril de 1976

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Reimplántase el artículo 3º del decreto del Poder Ejecutivo 193/972 de fecha 9 de marzo de 1972, quedando exceptuado el Banco de la República Oriental del Uruguay a todos los efectos, de lo establecido en dicha norma.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.