Decreto187-1980·1980

Instalación de una planta procesadora de pescado. La Paloma. Rocha

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

9 de abril de 1980

Fecha de publicación

2 de mayo de 1980

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Todas las instalaciones que sean necesarias montar en el área industrial del Puerto de La Paloma relacionadas con el desarrollo del plan pesquero e industrial (plantas de depuración de aguas, gases, ducto de eyección, etc.) serán de cuenta exclusiva de las empresas privadas ubicadas en dicha área. (*)

Artículo 2Artículo 2

Autorízase a la empresa Astra S.A. la prosecución de las obras civiles que viene realizando en el área industrial del Puerto de La Paloma, con sujeción a lo dispuesto en el artículo 1º.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.