Decreto188-1982·1982

Regulacion de disposiciones referentes al recargo a la importación de mercaderías, productos y bienes que se introduzcan al país

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

2 de junio de 1982

Fecha de publicación

4 de junio de 1982

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Deróganse todas las disposiciones establecidas en decretos y resoluciones del Poder Ejecutivo exonerando del recargo mínimo del 10% a la importación de artículos, mercaderías, productos y bienes que se introduzcan al país con excepción de lo establecido en el artículo 5º del decreto 125/977, de 2 de marzo de 1977, modificado por el artículo 1º del decreto 224/978, de 26 de abril de 1978. (*)

Artículo 2Artículo 2

Se exceptúa de lo dispuesto en el artículo anterior las resoluciones del Poder Ejecutivo aprobadas, hasta la fecha del presente decreto, relacionadas exclusivamente a la Ley de Promoción Industrial 14.178, de 28 de marzo de 1974. (*)

Artículo 3Artículo 3

Dése cuenta al Consejo de Estado.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.