Artículo 1 — Artículo 1
Apruébanse las siguientes tasas y tarifas de los servicios que presta la Administración Nacional de Telecomunicaciones, que tendrán vigencia a partir del 1º de enero de 1984. (*)
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
12 de enero de 1984
Fecha de publicación
9 de abril de 1984
Artículo 1 — Artículo 1
Apruébanse las siguientes tasas y tarifas de los servicios que presta la Administración Nacional de Telecomunicaciones, que tendrán vigencia a partir del 1º de enero de 1984. (*)
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publíquese, etc.-