Artículo 1 — Artículo 1
Extiéndense las exoneraciones establecidas por los artículos 4º de los decretos del Poder Ejecutivo 74/976 y 121/976 de fechas 5 y 26 de febrero de 1976, a la obligación de constituir la garantía a que se refiere el artículo 15 del decreto de 25 de mayo de 1961.