Decreto192-1977·1977

Aprobación del manual de organizacion y funciones del sistema de pasos de frontera

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

11 de abril de 1977

Fecha de publicación

10 de mayo de 1977

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Apruébanse los Manuales de Organización y Funciones del sistema de Pasos de Frontera que se adjuntan a este documento.

Artículo 2Artículo 2

Cométese al Ministerio de Defensa Nacional, la aplicación de los manuales referidos en el artículo 1º.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese el presente decreto, así como los Manuales de Organización y Funciones mencionados y archívese. - MENDEZ. - WALTER RAVENNA. - General HUGO LINARES BRUM. - ALEJANDRO ROVIRA. - VALENTIN ARISMENDI. - ANTONIO CAÑELLAS. - ESTANISLAO VALDES OTERO. INTRODUCCION El Manual de Organización y Funciones, es un documento que identifica y mantiene actualizada la información sobre los objetivos, funciones generales asignadas, estructura orgánica, funciones específicas y otros conceptos que guardan relación con la organización interna de las dependencias. Los objetivos más importantes del presente Manual son: a) Presentar una visión de conjunto del sistema de organización de Paso de Frontera; b) Precisar las funciones asignadas a cada unidad administrativa para deslinda responsabilidades, evitar duplicaciones y detectar omisiones; c) Proporcionar información básica para planificar o implantar mejoras en la administración; d) Servir como instrumento de integración y orientación del personal; e) Facilitar el mejor aprovechamiento de los recursos humanos y materiales; f) Servir de orientación e información. El presente Manual se ajusta, de acuerdo al considerando VII del decreto 70/976, de 3 de febrero de 1976, a los principios y criterios técnicos que han sido elaborados y sistematizados al efecto por la Oficina Nacional del Servicio Civil. 1. MARCO JURIDICO 1.1. Decreto 492/975, de 18 de junio de 1975. Determina la coordinación a cargo de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto para el estudio y trámite necesarios en los Pasos de Frontera. 1.2. Decreto 127/976, de 26 de febrero de 1976. Determina las competencias ministeriales en relación con los Pasos de Frontera. 2. DIRECCION NACIONAL DE PASOS DE FRONTERA. a) Relaciones: Depende de: Ministerio de Defensa Nacional. Supervisa a: Direcciones de Paso de Frontera. b) Objetivos: Supervisar y asistir a los distintos Pasos de Frontera, coordinando las actividades relacionadas y promoviendo niveles de eficiencia y rendimiento adecuados. c) Funciones: 1. Planificar, dirigir, coordinar y controlar las actividades operativas de los distintos Pasos de Frontera, con el apoyo que al respecto debe brindar la Comisión Nacional Asesora de Pasos de Frontera; 2. Asesorar y suministrar información en los aspectos reglamentarios legales y de procedimientos en conformidad con la asistencia que al respecto brinde la Comisión Nacional Asesora; 3. Supervisar y controlar el cumplimiento estricto y sistemático de las disposiciones vigentes; 4. Supervisar la aplicación de métodos y procedimientos administrativos propuestos y desarrollados con el asesoramiento de la Comisión Nacional Asesora; 5. Evaluar los desvíos producidos entre las realizaciones efectivas y los planes de operaciones promoviendo las medidas conducentes a su mejoramiento; 6. Presidir las reuniones de la Comisión Nacional Asesora y someter a su consideración, los ajustes de funcionamiento de los Pasos de Frontera que estime conveniente. 3. COMISION NACIONAL ASESORA DE PASOS DE FRONTERA. a) Relaciones Jerárquicas: Depende de: Dirección Nacional de Pasos de Frontera, a quien asesora. Supervisa a: No tiene unidad a su cargo. b) Objetivos: Asesorar en la definición y establecimiento de las políticas que acordes a las leyes y disposiciones vigentes, sean consideradas de interés para regular el funcionamiento de los distintos Pasos de Frontera. c) Funciones: 1) Asesorar en forma permanente a la Dirección Nacional de Pasos de Frontera y fundamentalmente cuando se produzcan cambios en los mecanismos de control y frente a requerimientos de la propia Dirección Nacional; 2) Asesora en la coordinación necesaria a establecerse en las relaciones y comunicaciones entre los distintos Pasos de Frontera; 3) Asesorar y colaborar en la formulación de los planes de operación, programas e instrucciones, en base a las políticas definidas sobre los distintos controles a realizarse en Pasos de Frontera de conformidad a las normas vigentes; 4) Analizar las desviaciones producidas entre las realizaciones efectivas y los planes de operaciones informando de la misma a la Dirección Nacional con indicación de las medidas correctivas necesarias; 5) Asesorar en los programas de capacitación para la formación de los funcionarios integrantes del cuerpo de inspección. d) Integración: 1) Miembros permanentes: - Director Nacional de Pasos de Frontera; - Representantes por cada uno de los siguientes organismos; - Dirección Nacional de Aduanas; - Dirección Nacional de Migración, - Dirección de Salud Pública; - Ministerio de Agricultura y Pesca - Sanidad Vegetal, - Ministerio de Agricultura y Pesca - Sanidad Animal e Industria Animal. 2) Miembros eventuales: - Directores de los distintos Pasos de Frontera; - Representantes de las fuerzas de seguridad involucradas en los distintos Pasos de Frontera. 4-3-2- ORGANIGRAMA. "Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen electrónica del mismo" 4. MANUAL DE ORGANIZACION Y FUNCIONES TIPO DE UN PASO DE FRONTERA. 4.1. Objetivos: a) Lograr la eficiencia del Paso de Frontera en cuanto permita una rapidez de pasaje compatible con el grado de seguridad que exijan las circunstancias; b) Alcanzar en cada Paso de Frontera una Dirección Unificada con capacidad de decisión en su administración que no abarque el ámbito técnico que competa a cada servicio específico. 4.2. Funciones Generales: La Dirección de Paso de Frontera, tiene a su cargo, las siguientes funciones: 4.2.1. Administrar las funciones básicas de planeamiento, desarrollo de las operaciones y control del cumplimiento de los objetivos, políticas, planes, sistemas y procedimientos aprobados. 4.2.2. Administrar las operaciones de apoyo (mantenimiento, orden, disciplina) del Paso de Frontera, para todas las unidades que actúan en él. 4.2.3. Administrar las operaciones tendientes al cumplimiento de los lineamientos técnicos, de conformidad con los métodos y procedimientos diseñados para el control de documentación y cargas por el Cuerpo de Inspectores. 4.2.4. Tomar decisiones en los casos de situaciones críticas y conflictivas, de emergencia e imprevistas. 4.3. Estructura Orgánica. 4.3.1. Descripción. 4.3.1.1. Unidades Administrativas. La estructura orgánica de la Dirección de un Paso de Frontera está integrada por las siguientes unidades: 1.0. Dirección de Paso de Frontera. 1.0.1. Departamento de Inspección. 1.0.1.1. Sector Cuerpo de Inspectores. 1.0.2. Sección Servicios Generales. 1.0.3. Oficina de Seguridad. 1.0.3.1. Sector Cuerpo de Seguridad. 1.0.4. Oficina de Migración. 1.0.5. Oficina de Sanidad de Salud Pública. 1.0.6. Oficina de Aduanas. 1.0.7. Oficina de Sanidad e Industria Animal y Sanidad Vegetal. 4.3.1.2. Relaciones especiales: A) Dependencias técnico-funcional-lineal entre las Unidades Ejecutoras de los Ministerios con competencias concurrentes y las oficinas especializadas que actúan en el Paso de Frontera; B) Dependencia técnico-funcional entre las oficinas especializadas (dependientes de los Ministerios con competencias concurrentes) y el Cuerpo de Inspectores del Departamento de Inspección. 4.4. UNIDADES ADMINISTRATIVAS. 4.4.1.0. Dirección de Paso de Frontera. a) Relaciones jerárquicas: Depende de: Dirección Nacional de Pasos de Frontera del Ministerio de Defensa Nacional. Supervisa a: Departamento de Inspección. Servicios Generales. Oficina de Seguridad. Oficina de Migración (1). Oficina de Sanidad de Salud Pública (1). Oficina de Aduana (1). Oficina de Sanidad e Industria Animal y Sanidad Vegetal (1). (1) La supervisión a estas oficinas está limita pura y exclusivamente a las actividades operativas, manteniendo las mismas su dependencia técnico-funcional-lineal de las Unidades Ejecutoras de los Ministerios con competencia concurrente. b) Objetivos de la Unidad: - Dirigir y supervisar a todas las actividades operativas del Paso de Frontera. - Administrar los elementos materiales y humanos procurando el eficiente cumplimiento de las actividades de control de frontera de acuerdo a las normas jurídicas vigentes. c) Funciones: (*) 1) Planificar, coordinar, dirigir, controlar y evaluar las actividades que desarrollan las unidades que supervisa; 2) Compatibilizar el grado de seguridad de los controles con la rapidez necesaria en el pasaje; 3) Coordinar con las autoridades especializadas zonales el descongestionamiento del área Paso de Frontera en los casos de cargas a nacionalizar o en tránsito o que deben ser sometidas a procesos determinados por las autoridades sanitarias; 4) Promover las modificaciones que estime convenientes en cuanto a la infraestructura vial y edilicia funcional de modo de adecuarla a las variaciones que pueden suceder; 5) Propender el máximo desarrollo del aspecto urbanístico zonal que facilite la promoción turística, dé la "bienvenida" al ingreso al territorio nacional y aleje toda interferencia de los servicios oficiales de control; 6) Tomar decisiones cuando se planteen conflictos y situaciones críticas relacionados con su área o de coordinación con las demás áreas. En este último caso, cuando la situación de emergencia imposibilite la comunicación respectiva al o los organismos, con competencias concurrentes; 7) Supervisar el eficaz cumplimiento de las normas establecidas y de los procedimientos diseñados para las centrales físicas y documentales; 8) Poner en conocimiento inmediato de los Organismos con competencias concurrentes de las observaciones que a su juicio merezcan las actuaciones de las oficinas especializadas; 9) Administrar y supervisar el mantenimiento en perfectas condiciones de uso y conservación de todos y cada uno de los elementos físicos que integran el Paso de Frontera. Administrar asimismo la adquisición de todos los elementos físicos necesarios a las instalaciones del Paso de Frontera. (*) Estas funciones, en ausencia temporal de sus titulares, por razones de enfermedad o licencia, serán asumidas por el responsable del Departamento de Inspección. 4.4.1.0.1. Departamento de Inspección. a) Relaciones: Depende de: Dirección de Paso de Frontera. Supervisa a: Cuerpo de Inspectores. b) Objetivos de la Unidad: Realizar la supervisión de la correcta ejecución de los procedimientos de control, de acuerdo a las normas establecidas. c) Funciones: 1) Verificar si los controles físicos y documentales se cumplen, logrando que las actividades de referencia se realicen en permanente coordinación con las Oficinas de Migración, Aduanas, Sanidad de Salud Pública y Sanidad e Industria Animal y Sanidad Vegetal; 2) Cuidar que los controles que se realicen en su área, sean los imprescindibles de acuerdo a los procedimientos diseñados con la finalidad de abreviar el pasaje y descongestionar el área lo más rápido posible; 3) Coordinar con las oficinas especializadas las acciones correspondientes e los casos de desvíos a las playas de estacionamiento para exámenes más exhaustivos en los trámites de inspección de carga y/o documental. Poner en conocimiento del Director de Paso de Frontera cuando a consecuencia de dichos desvíos los vehículos o personas deban completar trámites más prolongados para que se tomen las medidas pertinentes a fin de que las autoridades especializadas desalojen el área de control de paso en un lapso perentorio; 4) Vigilar la buena imagen de la dependencia a su cargo asegurando el cumplimiento de las reglamentaciones vinculadas al uso de uniformes de sus funcionarios y la correcta atención al público; 5) Emitir las órdenes correspondientes de acuerdo a las indicaciones que reciba de las oficinas especializadas, ya sea a través de sus responsables (Sanidad de Salud Pública, Sanidad e Industria Animal y Sanidad Vegetal y Seguridad) o de los expertos que actúan directamente en las sendas de entrada y salida. (Migración. Aduanas.). 4.4.1.0.1.1. Sector Cuerpo de Inspectores. a) Relaciones: Depende de: 1) Operativamente del Departamento de Inspección; 2) Funcional y técnicamente de las Oficinas Especializadas, relaciones que se cumplirán a través de los responsables de cada organismo y de la participación directa y permanente en la senda de un funcionario experto aduanero y un funcionario experto en migración, quienes integrarán, al solo efecto del control primario de mercaderías y documentos, el Cuerpo de Inspectores. b) Objetivos de la Unidad: Realizar el control primario documental y físico de personas y cosas que ingresen o egresen al y del territorio nacional. c) Actividades: 1) Ejecutar las operaciones de control, de acuerdo a las órdenes e instrucciones impartidas por el Jefe del Departamento de Inspección, de conformidad con los procedimientos diseñados y de acuerdo, asimismo, a las recomendaciones que reciba de los funcionarios de las oficinas especializadas que actúan permanentemente en el Paso de Frontera; 2) Constatar que las personas que ingresan y egresan del país, presenten los documentos que las identifiquen y certificaciones de vacunaciones de acuerdo a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes; 3) Registrar los movimientos de ingresos y egresos de personas del territorio nacional en formularios diseñados a tales efectos; 4) Entregar las tarjetas o permisos de ingreso a turistas en los casos que corresponda, así como las tarjetas de salida a los ciudadanos uruguayos y extranjeros residentes que egresan exigiendo su devolución al regreso; 5) Verificar las listas de pasajeros entregadas por los responsables de los omnibuses, y en caso de existir irregularidades, dar aviso inmediato a su superior, quien procederá de acuerdo a las indicaciones dadas por el experto en migración que actuará en la senda; 6) Ejecutar la inspección primaria de bultos que se transporten, procediendo a efectuar el desvío a las playas de estacionamiento en los casos indicados por el Jefe de Departamento de Inspección. Este ordenará el desvío por iniciativa propia o cuando el funcionario experto aduanero (de actuación permanente en la senda) indique exámenes más profundos; 7) Vigilar el pasaje de animales, vegetales y/o sus derivados, así como los productos y materias primas utilizados en la elaboración de aquellos destinados a combatir y/o prevenir plagas en animales y vegetales, solicitando los certificados sanitarios correspondientes, dando intervención a las autoridades sanitarias competentes. En los casos en que estas autoridades lo determinen, se procederá al desvío a las playas de estacionamiento a efectos de someterlos a exámenes más exhaustivos. Proceder asimismo al rechazo inmediato de todos aquellos animales, vegetales y/o sus derivados expresamente prohibidos o que carezcan de los certificados sanitarios correspondientes; 8) Controlar que los vehículos de procedencia extranjera, ingresen al país acompañados de la documentación necesaria (trípticos o declaración en el caso que corresponda). En el caso de existir dudas sobre la autenticidad de los mismos, el Jefe del Departamento de Inspección solicitará el asesoramiento del experto aduanero actuante en la senda; 9) Efectuar el desvío a las playas de estacionamiento, previo control documental de las personas que transporta, de los camiones con cargas en tránsito o a nacionalizar, o que deban ser sometidos a exámenes por las autoridades sanitarias; 10) Proceder, de acuerdo a las reglamentaciones vigentes, al uso permanente de uniforme, y a su correcta actuación frente al público. 4.4.1.0.2. Sección Servicios Generales. a) Relaciones: Depende de: Dirección de Paso de Frontera. Supervisa a: No tiene unidades a su cargo. b) Objetivos de la Unidad: Mantener en perfectas condiciones de uso y conservación todos y cada uno de los elementos físicos que integran el Paso de Frontera. c) Funciones: 1) Realizar el mantenimiento de los elementos físicos del Paso, tales como: señalización, iluminación, equipamiento, enjardinado, pintura, pavimento, etc.; 2) Dirigir a los servicios de intendencia, mensajería y conserjería; 3) Asignar los vehículos a las unidades que lo requieran y velar por su buen mantenimiento; 4) Mantener en buenas condiciones de uso, los locales, equipos e instalaciones. 4.4.1.0.3. Oficina de Seguridad. 4.4.1.0.4. Oficina de Migración. 4.4.1.0.5. Oficina de Sanidad de Salud Pública. 4.4.1.0.6. Oficinas de Aduanas. 4.4.1.0.7. Oficina de Sanidad e Industria Animal y Sanidad Vegetal. a) Relaciones: Dependen: 1) Operativamente de la Dirección de Paso de Frontera que corresponda; 2) Funcional, técnica y linealmente de las respectivas Unidades Ejecutoras dependientes de los Ministerios del Interior, de Salud Pública, de Economía y Finanzas, de Agricultura y Pesca y Prefectura Nacional Naval. Supervisada: Técnicamente al Sector Cuerpo de Inspectores mediante la participación directa de los responsables de cada Oficina (Sanidad de Salud Pública, Sanidad e Industria Animal y Sanidad Vegetal, Seguridad) y de los funcionarios expertos de actuación permanente en las sendas (Migración y Aduanas). b) Objetivos de la Unidad: Realizar los controles que le han sido asignados por las normas legales, reglamentarias y vigentes. c) Funciones: 01 Funciones específicas Oficina de Migración 1) Encomendar con carácter permanente un funcionario por turno, que actuará directamente en las sendas, supervisando técnicamente las actividades que en materia migratoria desarrolle el Cuerpo de Inspectores; 2) Participar permanentemente en el control primario de mercaderías y documentos, integrándose a ese solo efecto al Cuerpo de Inspectores; 3) Ejecutar las operaciones de control documental de personas que requieran exámenes más profundos, de acuerdo a las órdenes impartidas por el Jefe del Departamento de Inspección, ya sea por iniciativa propia o por indicaciones expresas del funcionario de turno -experto en migración- que actúa en las sendas; 4) Controlar los listados conteniendo los movimientos diarios de ingresos y egresos de personas del territorio nacional; 5) Ejecutar todas las actividades asignadas por normas legales y reglamentarias. Oficina de Aduanas 1) Encomendar con carácter permanente, un funcionario por turno, que actuará directamente en las sendas supervisando técnicamente las actividades que en materia aduanera desarrolle el Cuerpo de Inspectores; 2) Participar permanentemente en el control primario de mercaderías y documentos, integrándose a ese solo efecto al Cuerpo de Inspectores; 3) Ejecutar las operaciones de control documental y físico de los vehículos que hayan sido desviados a las playas de estacionamiento de acuerdo a las órdenes impartidas por el Jefe del Departamento de Inspección, ya sea por iniciativa propia o por indicaciones expresas del funcionario de turno -experto aduanero- que actúa en las sendas; 4) Realizar -en todos los casos- las operaciones de inspección de cargas y de sus respectivos documentos de importación y exportación, de conformidad a las normas vigentes; 5) Efectuar todas las demás operaciones que de acuerdo a las normas legales y reglamentarias, le sean asignadas. Oficina de Sanidad de Salud Pública 1) Tomar las medidas pertinentes para ejercer el control sanitario de las personas que ingresen al país; 2) Proceder a inmunizar todas las personas que en circunstancias excepcionales no posean los certificados sanitarios exigidos de acuerdo a las normas vigentes, 3) Controlar el ingreso de medicamentos o materias primas destinadas a tratamientos o prevención de enfermedades humanas. Oficina de Sanidad e Industria Animal y Sanidad Vegetal 1) Ejecutar la inspección directa en las sendas de aquellos vehículos que transportan animales, vegetales y/o derivados, aún en los casos que se presenten los certificados sanitarios correspondientes, 2) Controlar desde el punto de vista sanitario e higiénico, todos los animales, sus subproductos, plantas y productos provenientes de la agricultura, que vayan a ser exportados o importados; 3) Controlar el ingreso de productos y materias primas utilizados en la elaboración de aquellos destinados a combatir y/o prevenir plagas en animales y vegetales. Oficina de Seguridad 1) Coordinar todas sus actividades con las autoridades actuantes en el Paso de Frontera, con la finalidad de mantener la seguridad de las instalaciones así como de todos los elementos -humanos y materiales- que integran el área; 2) Coordinar a través del Cuerpo de Seguridad, todos los aspectos relacionados con el traslado de personas a las oficinas especializadas y el desvío de vehículos a las playas de estacionamiento y todo lo concerniente al ordenamiento vehicular del Paso. 02 Funciones generales 1) Cooperar con las distintas unidades para superar las dificultades derivadas de flujos de circulación que superan las previsiones adoptadas; 2) Supervisar y asesorar sobre la aplicación de los procedimientos de control; 3) Coordinar con el Departamento de Inspección, las acciones correspondientes en los casos de desvíos a las playas de estacionamiento, para exámenes más exhaustivos en los trámites de inspección de carga y/o documental; 4) Proponer las medidas necesarias que permitan el permanente descongestionamiento de la zona. 4.4.1.0.3.1. Sector Cuerpo de Seguridad. (Prefectura Nacional Naval o Repartición Policial). a) Relaciones: Depende de: Oficina de Seguridad. Supervisa a: No tiene unidades a su cargo. b) Objetivo de la Unidad: Prestar los servicios de seguridad y de apoyo a las autoridades actuantes en el área del Paso de Frontera. c) Actividades: 1) Efectuar el control de ingreso y egreso de personas, mercaderías y vehículos en todo lo concerniente a la seguridad; 2) Coordinar todos los aspectos relacionados con el traslado de personas a las oficinas especializadas y el desvío de vehículos a las playas de estacionamiento y todo lo concerniente al ordenamiento vehicular en el Paso de Frontera, 3) Mantener la seguridad de instalaciones, así como de todos los elementos -humanos y materiales- que integran el área del Paso de Frontera; 4) Brindar un apoyo permanente a las autoridades y funcionarios actuantes en el Paso de Frontera; 5) Colaborar en el control de mantenimiento del normal desarrollo del tránsito vehicular y peatonal en las zonas de inspección documental y física. 4.5. SITUACION PRESUPUESTAL +-------------------Â------------------Â-------------------Â------------+ | INCISO | SECTOR | PROGRAMA | NUMERO | Ã---Â---------------+------------------+-------------------+------------´ | Nº| Denominación |Nº Denominación | Nº Denominación | DE UNIDAD| Ã---+---------------+------------------+-------------------´ EJECUTORA| +---Á---------------Á------------------Á-------------------Á------------+ El financiamiento de este programa se realiza con cargo al fondo........ 4.6. DISPOSICIONES GENERALES. 4.6.1. Actualización. El presente Manual será revisado periódicamente y, si corresponde, deberá ser actualizado cumplido el año a partir de su aprobación, salvo que por realizarse cambios sustanciales, sea aconsejable no esperar a la fecha fijada. Se debe entender por cambios sustanciales, aquellos que emanan de normas legales o reglamentarias. 4.6.2. Unidad responsable. Cada Dirección de Paso de Frontera, será responsable por la revisión, actualización y difusión del presente Manual, debiendo comunicar a la Dirección Nacional de Paso de Frontera, todas las modificaciones que realicen a efectos de su aprobación. ANEXO I ESTRUCTURA ESCALAFONARIA DE LA DIRECCION NACIONAL DE PASOS DE FRONTERA "Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen electrónica del mismo"