Ley19235·2014

AMPLIACION DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. ARATIRI S.A.

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de noviembre de 2014

Fecha de publicación

28/07/2014

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Facúltase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender por razones de interés general, hasta por un plazo de un año, el subsidio por desempleo de los trabajadores de ARATIRÍ S.A., en los términos y condiciones que establezca la reglamentación.

Artículo 2Artículo 2

La ampliación del plazo de la prestación de desempleo que se otorga en virtud de las facultades que se conceden en el artículo anterior, alcanzará a los trabajadores que aun continúen en el goce del referido beneficio o hayan agotado el plazo máximo de cobertura (artículos 7° y 10 del Decreto- Ley N° 15.180, de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por la Ley N° 18.399, de 24 de octubre de 2008). La ampliación del plazo de la prestación comenzará a regir a partir del mes inmediato posterior al cese respectivo del subsidio, en todos los casos.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 20 de agosto de 1981Modifica redacción (15180)
  2. 24 de octubre de 2008Modifica redacción (18399)
  3. 11 de julio de 2014Promulgación (19235)
  4. 28 de julio de 2014Publicación (19235)