Artículo 1 — Artículo 1
Facúltase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender por razones de interés general, por un plazo de hasta 180 (ciento ochenta) días, el subsidio por desempleo de los trabajadores de Altos Fines S.A. en los términos y condiciones que establezca la o las consiguientes resoluciones de extensión.