Decreto194-1982·1982

Patrimonio historico nacional - monumentos historicos

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

3 de junio de 1982

Fecha de publicación

9 de junio de 1982

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Establécese que la Comisión Nacional Honoraria creada por ley 15.048, de 5 de agosto de 1980, para la erección de un monumento ecuestre al Mariscal Francisco Solano López en la ciudad de Montevideo quedará integrada por: -Un delegado del Ministerio de Educación y Cultura. -Un delegado del Ministerio de Defensa Nacional. -Un delegado del Departamento de Estudios Históricos del Estado Mayor del Ejército. -Un delegado del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. -Un delegado del Ministerio de Economía y Finanzas. -Un delegado del Ministerio de Relaciones Exteriores. -Un delegado de la Intendencia Municipal de Montevideo.

Artículo 2Artículo 2

Los miembros de la citada Comisión deberán tomar posesión de sus cargos dentro del término de 30 días a partir de la fecha del presente decreto.

Artículo 3Artículo 3

El Ministerio de Educación y Cultura proporcionará el personal necesario para atender la Comisión Nacional que queda integrada por este decreto.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese y cumplido, archívese.