Decreto195-1975·1975

Habilitación de guardias especiales para el registro de nacimientos en el departamento de Montevideo durante Carnaval y semana de Turismo

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

11 de marzo de 1975

Fecha de publicación

31 de marzo de 1975

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

LA Dirección Nacional del Registro de Estado Civil habilitará en el futuro para el departamento de Montevideo una guardia especial para registrar nacimientos durante los días lunes y martes de Carnaval y lunes a viernes inclusive, de Semana de Turismo.

Artículo 2Artículo 2

Las Oficinas de Estado Civil del Interior continuarán con su régimen de guardia habitual.

Artículo 3Artículo 3

Cométese a la Dirección General del Registro de Estado Civil la organización de la guardia dispuesta en el artículo 1º, y la designación de los funcionarios encargados de cumplirla.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, hágase saber a la Suprema Corte de Justicia y archívese.