Decreto195-1984·1984

Aprobación de tarifas de la Dirección Nacional de Hidrografía. Mayo 1984

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

23 de mayo de 1984

Fecha de publicación

12 de junio de 1984

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Fíjanse las siguientes tarifas para los servicios de remolque naútico que cumple la Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. -Remolcadores de potencia superior a 300 HP = N$ 1.183=/hora (nuevos pesos mil ciento ochenta y tres) por hora. -Remolcadores de potencia mayor a 300 HP=. N$ 3.767/hora (nuevos pesos tres mil setecientos sesenta y siete) por hora. El tiempo se computará a partir de la hora en que luego de convenido el servicio de la Oficina de la zona y el interesado, el barco se encuentra a la orden y hasta que el mismo regrese a su apostadero.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.