Artículo 1 — Artículo 1
Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. (*)
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. (*)
Artículo 2 — Artículo 2
Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. (*)
Artículo 3 — Artículo 3
(*)
Artículo 4 — Artículo 4
Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. (*)
Artículo 5 — Artículo 5
Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. (*)
Artículo 6 — Artículo 6
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Esta norma afecta a
Esta norma es afectada por
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.