Decreto196-1966·1966

Carne. Frigoríficos

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28 de abril de 1966

Fecha de publicación

4 de mayo de 1966

Texto

Facúltase a las empresas frigoríficas, que operen en los puertos de Montevideo, litoral e interior del país, la utilización para la estiba y desestiba de los productos refrigerados provenientes de la industria frigorífica de la carne, el personal propio que designen, según convenios, leyes y decretos vigentes.