DecretoNº 198-1966·1966
Zonas francas. Ingreso de mercaderías. Bancos. Consignatarios
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
28 de abril de 1966
Fecha de publicación
9 de mayo de 1966
Texto
Autorízase a los bancos financiadores de los créditos que conceden a los usuarios de zonas francas, a ejercer la titularidad de la consignación de las mercaderías que importan. Encárgase a la Dirección General de Aduanas el control del cumplimiento de la normativa establecida.