Decreto198-1984·1984

Modificación de la detracción del porcentaje sobre el valor FOB de las exportaciones de determinados productos

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25 de mayo de 1984

Fecha de publicación

8 de junio de 1984

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Redúcense al 5 (cinco por ciento) las tasas de detracciones del 10% (diez por ciento) fijadas en el decreto 432/983, de 17 de noviembre de 1983. (*)

Artículo 2Artículo 2

El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en dos diarios de la capital.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.