Ley19871·2020

AMPLIACION DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. LORYSER S.A.

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

4 de marzo de 2020

Fecha de publicación

16/04/2020

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Facúltase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender por razones de interés general, por un plazo de hasta 12 (doce) meses, el subsidio por desempleo de los trabajadores de la empresa Loryser S.A., en los términos y condiciones que establezcan la o las consiguientes resoluciones de extensión.

Artículo 2Artículo 2

La ampliación del plazo de la prestación de desempleo que se otorgue en virtud de las facultades que se conceden en el artículo primero, alcanzará a los trabajadores que aún continúen en el goce del referido beneficio o hayan agotado el plazo máximo de cobertura (artículo 6° y 10 del Decreto-Ley N° 15.180, de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por la Ley N° 18.399, de 24 de octubre de 2008). La ampliación del plazo de la prestación comenzará a regir a partir del mes inmediato posterior al cese del respectivo subsidio, en todos los casos.

Relaciones jurídicas

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 20 de agosto de 1981Modifica redacción (15180)
  2. 24 de octubre de 2008Modifica redacción (18399)
  3. 3 de abril de 2020Promulgación (19871)
  4. 16 de abril de 2020Publicación (19871)