Artículo 1 — Artículo 1
Se aprueban los siguientes precios de venta por el Directorio de la Administración Nacional de combustibles, alcohol y portland, los que entrarán en vigencia a partir de la hora cero del día 10 de junio de 1982. <IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0>