Decreto202-1969·1969

Ministerio de Ganadería y Agricultura. Dirección de Industria Animal. Sanidad animal

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24 de abril de 1969

Fecha de publicación

5 de mayo de 1969

Texto

Establécese que el contralor higiénico - sanitario y tecnológico en los frigoríficos, mataderos, fábricas de embutidos, cámaras frigoríficas y transportes frigoríficos y toda autorización de exportación de carnes y subproductos comestibles, será ejercido exclusivamente por personal de la Dirección de Industria Animal, dependiente del Ministerio de Ganadería y Agricultura.

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