Decreto203-2026·2026

Duelo Oficial de carácter nacional. Fallecimiento del SR. Ruben RADA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26 de agosto de 2026

Fecha de publicación

31 de agosto de 2026

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Decrétase duelo oficial el día 27 de agosto de 2026 por el fallecimiento del señor Ruben Rada.

Artículo 2Artículo 2

La bandera nacional permanecerá a media asta el día indicado en el artículo primero, en todos los edificios públicos, Embajadas de la República en el exterior, cuarteles, fortalezas, bases aéreas y buques de guerra.

Artículo 3Artículo 3

Tribútense honores fúnebres a los restos mortales del señor Ruben Rada.

Artículo 4Artículo 4

Los gastos del sepelio serán de cargo del Tesoro Nacional, conforme al inciso 1° del artículo 1° del Decreto N° 354/991, de 25 de junio de 1991.

Artículo 5Artículo 5

Dese cuenta a la Asamblea General, comuníquese, etc.