Ley20365·2024

MODIFICACION DE LA LEY 17.474, RELATIVA A LA ASIGNACION PRENATAL EN EL EMBARAZO MULTIPLE

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/09/2024

Fecha de publicación

10 de febrero de 2024

Artículos (8)

Artículo 1Artículo 1

(*)

Artículo 2Artículo 2

(*)

Artículo 3Artículo 3

(*)

Artículo 4Artículo 4

La pérdida de uno de los hijos en gestación o de uno de los hijos vivos a cargo determinará el cese de los beneficios consagrados por la Ley N° 17.474, de 14 de mayo de 2002, excepto que sobrevivan por lo menos dos hijos en cualquiera de las dos situaciones.

Artículo 5Artículo 5

En las disposiciones interpretativas, concordantes, modificativas y reglamentarias de la Ley N° 17.474, de 14 de mayo de 2002, se sustituirán las expresiones "embarazo gemelar múltiple" y "nacimiento gemelar múltiple" por las expresiones "embarazo múltiple" y "nacimiento múltiple", respectivamente.

Artículo 6Artículo 6

La presente ley entrará en vigencia el 1° de agosto de 2024.

Artículo 7Artículo 7

El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en un plazo no mayor de treinta días contados a partir de la fecha establecida en el artículo 6°.

Artículo 8Artículo 8

La falta de reglamentación no será impedimento para la aplicación e implementación de la presente ley por parte del Banco de Previsión Social, de los prestadores públicos y privados de salud, y de cualquier entidad pública o privada.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

Esta norma es afectada por

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 20 de setiembre de 2024Promulgación (20365)
  2. 2 de octubre de 2024Publicación (20365)