Decreto205-1965·1965

Consejo Nacional de Subsistencias y Contralor de precios. Declaraciones juradas. Aceite

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

13 de mayo de 1965

Fecha de publicación

25 de mayo de 1965

Texto

Establécese que los industriales aceiteros denunciarán ante el Consejo Nacional de Subsistencias y Contralor de Precios, las existencias de aceite y materias primas, estableciéndose además el límite de los precios de venta al público.