Artículo 1 — Artículo 1
Amplíase, hasta el 31 de diciembre de 1975, el plazo de duración del mandato de los miembros de la Comisión Interventora de "Establecimientos Frigoríficos del Cerro S. A." (EFCSA) a que se refiere el artículo 3º del decreto 544/969, del 3 de noviembre de 1969.