Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Comando General del Ejército a efectuar la transformación de 4 (cuatro) cargos de Soldado de 1ª y 2 (dos) cargos de Soldado de 2ª en 2 (dos) cargos de Sargento y 1 (un) cargo de Cabo de 2ª.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
18 de abril de 1980
Fecha de publicación
26 de mayo de 1980
Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Comando General del Ejército a efectuar la transformación de 4 (cuatro) cargos de Soldado de 1ª y 2 (dos) cargos de Soldado de 2ª en 2 (dos) cargos de Sargento y 1 (un) cargo de Cabo de 2ª.
Artículo 2 — Artículo 2
Dese cuenta al Consejo de Estado, acorde a lo establecido en el artículo 112 de la ley 14.189, de 30 de abril de 1974.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Financiero Contable del Ministerio de Defensa Nacional, Comando General del Ejército y a la Contaduría General de la Nación.-