Artículo 1 — Artículo 1
Cométese a la Inspección General de Hacienda la intervención de los mecanismos Administrativos y Contables de la Sociedad de Socorros Mútuos Italo Uruguaya.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
13 de marzo de 1975
Fecha de publicación
1 de abril de 1975
Artículo 1 — Artículo 1
Cométese a la Inspección General de Hacienda la intervención de los mecanismos Administrativos y Contables de la Sociedad de Socorros Mútuos Italo Uruguaya.
Artículo 2 — Artículo 2
Dése cuenta al Consejo de Estado.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, publíquese.