Decreto219-1982·1982

Fijación de tasa de legalización de documentos. Junio 1982

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30 de junio de 1982

Fecha de publicación

7 de julio de 1982

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase en la cantidad de noventa y seis nuevos pesos (N$ 96.00) el monto de la Tasa de Legalización de Documentos, creada por el artículo 21 de la ley 14.755 de 5 de enero de 1978.

Artículo 2Artículo 2

Cométese a la Dirección General de Secretaría del Ministerio de Educación y Cultura la instrumentación de todo lo relativo a la percepción de la referida Tasas.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República, a la Inspección General de Hacienda y a la Contaduría General de la Nación y pase a la Dirección General de Secretaría del Ministerio de Educación y Cultura a sus efectos.