Decreto22-1971·1971

Banco Hipotecario del Uruguay. Préstamos. Autorización

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15 de enero de 1971

Fecha de publicación

21 de enero de 1971

Texto

Facúltase al Banco Hipotecario del Uruguay para conceder préstamos en efectivo a las cooperativas de vivienda con destino a: adquisición de utilería de obra; equipamiento liviano; suministros de materiales o elementos para la construcción; pago de precios o saldo de precios de tierras y pago de servicios necesarios.