DecretoNº 22-1971·1971
Banco Hipotecario del Uruguay. Préstamos. Autorización
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
15 de enero de 1971
Fecha de publicación
21 de enero de 1971
Texto
Facúltase al Banco Hipotecario del Uruguay para conceder préstamos en efectivo a las cooperativas de vivienda con destino a: adquisición de utilería de obra; equipamiento liviano; suministros de materiales o elementos para la construcción; pago de precios o saldo de precios de tierras y pago de servicios necesarios.