Artículo 1 — Artículo 1
Dispónese que el día 19 de abril próximo, en todas las dependencias de la Administración Pública, Unidades de las Fuerzas Armadas de la república y en los Organismos de Enseñanza dependientes del Consejo Nacional de Educación y de la Universidad de la República, en todo el territorio nacional, se proceda, en horas de la mañana, al izamiento del Pabellón Nacional, Bandera de Artigas y Bandera de los Treinta y Tres Orientales y a la ejecución del Himno Nacional.