Decreto221-1975·1975

Modificación del reglamento de becas de estudios para hijos del personal militar en actividad

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

18 de marzo de 1975

Fecha de publicación

8 de abril de 1975

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Modifícanse los artículos 2º y 3º del decreto 456, de fecha 26 de junio de 1973, que fuera modificado por el decreto 856 de fecha 29 de octubre de 1974, los que quedarán redactados de la manera siguiente: "Artículo 2º.- "...Ciclos de Enseñanza Técnica en la Universidad del Trabajo, para postulantes con nivel mínimo de Sexto Año de Enseñanza primaria..." "Artículo 3º.- Tienen derecho al usufructo de Becas de Estudio los Hijos del Personal de las Fuerzas Armadas, en actividad desde la edad de 18 años hasta la de 25 (ambos inclusive). El límite mínimo de edad no será tenido en cuenta cuando se trate de estudios de ingreso a Escuelas Militares y a la Universidad del Trabajo".

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese y archívese.