Decreto224-1967·1967

Espacio aereo. Zonas de vuelo prohibidas. Declaración

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

31 de marzo de 1967

Fecha de publicación

5 de abril de 1967

Texto

Declárase Zona de Vuelo Prohibido a los espacios aéreos que se detallan, durante las fechas que se indican, a los efectos de brindar Seguridad Aérea durante la permanencia en el país de los Presidentes de las Repúblicas de América que concurrirán a la Conferencia de Punta del Este.