Decreto225-1983·1983

Declaración de vigencia del Protocolo de fecha 29 de noviembre de 1982 entre argentina, brasil, chile, mexico y Uruguay

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de julio de 1983

Fecha de publicación

26 de julio de 1983

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Declárase vigente el Protocolo suscrito con fecha 29 de noviembre de 1982 entre los Gobiernos de la República Argentina, República Federativa del Brasil República de Chile, Estados Unidos Mexicanos y de la República Oriental del Uruguay que adecua el Acuerdo de Complementación Nº 1 en el sector de Máquinas de Estadísticas y análogas, a la modalidad de Acuerdo de Alcance Parcial de naturaleza comercial, cuyo texto es el siguiente: (*)

Artículo 2Artículo 2

Las preferencias otorgadas por la República Oriental del Uruguay se ajustarán a los niveles de gravamenes aduaneros, recargos cambiarios y demás condiciones que constan en el Capítulo II y Anexo I del Protocolo.

Artículo 3Artículo 3

Para gozar de los tratamientos acordados las importaciones beneficiadas deberán dar cumplimiento al Régimen de Origen establecido en el Capítulo III del acuerdo y a las demás condiciones que constan en el anexo II del mismo, correspondiendo al Banco de la República Oriental Uruguay y a la Dirección Nacional de Aduanas exigir las declaraciones y certificaciones pertinentes.

Artículo 4Artículo 4

Derógase el decreto de fecha 31 de octubre de 1962 por el cual se declaró la vigencia del Acuerdo de complementación celebrado el de julio de 1962.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, etc.