Decreto228-1969·1969

Comercio exterior. Importaciones. Ganado cebuino

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

9 de mayo de 1969

Fecha de publicación

14 de mayo de 1969

Texto

Prohíbese la introducción al país y tránsito por el territorio nacional de animales de las especies cebuinas y sus mestizos, provenientes de países con enfermedades exóticas o virus exóticos de fiebre aftosa. Deróganse los artículos 40, 41 y 42 del Decreto de 8 de junio de 1934.