Decreto228-1971·1971

Agricultura. Declaración jurada

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

29 de abril de 1971

Fecha de publicación

5 de mayo de 1971

Texto

Dispónese que los propietarios, poseedores y tenedores a cualquier título de papas de la cosecha de verano deberán presentar declaración jurada de existencias ante el Consejo Nacional de Subsistencias y Contralor de Precios.

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