DecretoNº 228-1971·1971
Agricultura. Declaración jurada
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
29 de abril de 1971
Fecha de publicación
5 de mayo de 1971
Texto
Dispónese que los propietarios, poseedores y tenedores a cualquier título de papas de la cosecha de verano deberán presentar declaración jurada de existencias ante el Consejo Nacional de Subsistencias y Contralor de Precios.
Normas sobre el mismo tema
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- Ley 20471Autorización de la salida del país del Velero Escuela ROU 20 "Capitán Miranda", de la plana mayor, tripulación y guardia Marina para la realización del "xxxvi viaje de instruccion", entre el 27 de marzo y el 23 de setiembre de 2026
- Ley 20467Denominacion de Liceo Público de la Localidad de Migues. Canelones
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