Decreto230-1976·1976

Autorización de exportación de papas de producción nacional

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

29 de abril de 1976

Fecha de publicación

6 de mayo de 1976

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase la exportación de papas de producción nacional, debiendo los interesados solicitar en cada caso, la autorización correspondiente ante el Ministerio de Agricultura y Pesca para su presentación ante el Banco de la República Oriental del Uruguay, sin cuyo requisito previo este Organismo no dará curso a la petición.

Artículo 2Artículo 2

El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación oficial en 2 (dos) diarios de la Capital.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.