Decreto230-1981·1981

Aplicación de coeficientes de actualización del valor real de la popiedad inmueble rural para la liquidación de la contribucion inmobiliaria

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

3 de junio de 1981

Fecha de publicación

12 de junio de 1981

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Se autoriza a las Administraciones Municipales a proceder a la aplicación de los coeficientes de actualización del Valor Real de la propiedad inmueble rural fijados por el decreto 198/981, de 6 de mayo de 1981, para la liquidación de la Contribución Inmobiliaria Rural, correspondiente al ejercicio 1981.

Artículo 2Artículo 2

Se autoriza a las Administraciones Municipales a proceder a la aplicación de los coeficientes del citado decreto relativos a la propiedad urbana y suburbana para la liquidación de la Contribución Inmobiliaria Urbana y Suburbana correspondiente al ejercicio 1981. (*)

Artículo 3Artículo 3

Lo dispuesto en el numeral anterior rige sólo para aquellas Administraciones Municipales cuyas normas y Ordenanzas dispongan que la base de imposición de la Contribución Inmobiliaria Urbana y Suburbana es el Valor Real de la propiedad inmueble urbana y suburbana determinado por la Dirección General del Catastro Nacional.

Artículo 4Artículo 4

La autorización dispuesta en el numeral 2º alcanza a aquellos otros tributos departamentales que tengan el mismo monto imponible que la Contribución Inmobiliaria Urbana y Suburbana pero con la condición limitante dispuesta por el numeral anterior.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese, etc.