Decreto232-1971·1971

Trigo. Declaración jurada

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30 de abril de 1971

Fecha de publicación

5 de mayo de 1971

Texto

Dispónese la obligación de presentar la declaración jurada de existencias de trigo, harina y subproductos de la molienda, a todo tenedor a cualquier título, ante la Asesoría Técnica del Ministerio de Ganadería y Agricultura.